Si se te deniega involuntariamente el embarque o tu vuelo se cancela o retrasa más de cuatro horas (o más de tres horas para distancias de vuelo inferiores a 3500 km), tendrás derecho a:
1. Vales de comida y bebida acordes al tiempo de espera.
2. Dos llamadas telefónicas, télex o envíos de fax o correos electrónicos.
3. Alojamiento en hotel cuando sea necesario pernoctar una o más noches, o cuando sea necesario prolongar la estancia más allá de la inicialmente prevista por ti.
4. Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel o similar).
Si tu vuelo se retrasa según lo indicado en “Retrasos” anteriormente o se cancela sin previo aviso antes de que llegues al aeropuerto, Etihad Airways te ofrecerá los puntos 1 y 2 anteriores.
Si, debido a un retraso o a un cambio de ruta tras una cancelación, se prevé razonablemente que tu nueva hora de salida sea al menos al día siguiente de la fecha original de salida, también te ofreceremos los puntos 3 y 4 anteriores.
Los clientes con movilidad reducida, las personas acompañantes y los menores no acompañados tienen derecho a atención y asistencia especial lo antes posible.
Reclamaciones
En primer lugar, envía cualquier queja directamente a Etihad Airways.
Si tu viaje se inició en España, deberás rellenar un formulario de reclamaciones y subirlo a etihad.com/feedback.
Si no recibes una respuesta en el plazo de un mes, o si la respuesta se considera insatisfactoria, la reclamación podrá presentarse ante el organismo nacional de ejecución responsable de aplicar el Reglamento (CE) n.º 261/2004.
Si tu viaje se inició en España, las reclamaciones pueden enviarse a:
Agencia Estatal De Seguridad Aérea (AESA) seguridadaerea.gob.es/en/ambitos/derechos-de-los-pasajeros/inicia-tu-reclamacion-con-aesa
Paseo de la Castellana, 112
28046 Madrid
España
(+34) 91 396 82 10
siru.aesa@fomento.es
sau.aesa@seguridadaerea.es
Al enviar una reclamación a AESA, adjunta lo siguiente:
- La reclamación original a la aerolínea. Dispones de un plazo de cinco años a partir de la fecha del vuelo en el que se produjo el incidente.
- La respuesta de la aerolínea.
- Tu tarjeta de embarque, billete o contrato de transporte.
- El documento de identificación (DNI/NIE/pasaporte) de los clientes que presenten la reclamación y, cuando proceda, de su representante.
- La autorización de representación. Si actúas como representante, es obligatorio presentar una autorización de representación para cada cliente. Si hay niños en la reclamación, será necesario acreditar la filiación.
- Los billetes, facturas o documentos que demuestren el gasto y el concepto del gasto que reclamas.
Consulta los datos de contacto de los diferentes Organismos Nacionales de Ejecución de cada Estado miembro de la Unión Europea.
Al hacer clic en este enlace, das tu consentimiento para:
- Consultar las plataformas o sistemas de intermediación de datos habilitados para este fin.
- Traslado de la reclamación a AESA o al organismo competente en caso de que la competencia para tramitarla corresponda a otro Estado miembro.